Por 58 votos afirmativos y ninguno en contra, el Senado de la Nación, convirtió en ley el proyecto que propone ampliar el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas (PNCC), con el objetivo de garantizar la tecnología necesaria para los diagnósticos y tratamientos oportunos.

En la Argentina, nacen al año unos 7 mil niños y niñas con esta patología y alrededor del 50 por ciento de estos niños requieren cirugía en el primer año de vida.

Por este motivo, Rosario3.com entrevistó a Lucrecia Mata, médica cardióloga especialista en cardiología infantil y comprometida con la sanción de esta ley, “desde hace muchos años se viene reclamando al Estado la sanción de esta ley”, comenzaba diciendo la doctora Mata y agregaba: “Primero se aprobó en diputados y la semana pasada el Senado de la Nación la convirtió en ley con los votos afirmativos de 58 integrantes de ese cuerpo legislativo y ningún voto en contra”. 

Estamos frente a un instrumento legal imprescindible que busca, entre otras cuestiones, mejorar el diagnóstico prenatal y postnatal de las cardiopatías congénitas y garantizar la tecnología necesaria para los diagnósticos y tratamientos oportunos. Además, apunta a favorecer la derivación oportuna y segura a los centros de referencia; regionalizar la atención y organizar la red de derivación y fortalecer el Registro Nacional de Tipos de Cardiopatías Congénitas (RNCC).

Más adelante la entrevistado aludía que “lo que la ley permite es que todo niño recién nacido apelando a su derecho a la salud, acceda a un diagnóstico precoz de cardiopatía congénita y su tratamiento y seguimiento en el tiempo de esta enfermedad, ya sea desde la etapa pre natal para hacer el diagnóstico oportuno, hasta ser derivado a un centro acorde a la gravedad de su cardiopatía, que pueda acceder a su posterior seguimiento hasta la edad adulta”.

CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS

“Lo que se debe tener en cuenta es que las cardiopatías congénitas son la principal malformación de los recién nacidos y una de las principales causas de mortalidad infantil, después de las complicaciones de la prematurez. Por eso su detección precoz y su pronto tratamiento tienen un alto impacto en disminuir la mortalidad por esta causa.

Esta patología se comienza a detectar con las ecografías obstétricas de rutina. Justamente por esto el ecocardio fetal pasa a ser incluido en el PMO, Programa Médico Obligatorio, y se la incluye dentro de las ecocardiografías obligatorias. Porque en la actualidad solo se solicitaba este estudio a las pacientes con factores de riesgo. Debemos tener en cuenta que el corazón ya está formado en la décima semana gestacional, es un órgano que se forma precozmente.

Es el obstetra que, al hacer las ecografías obstétricas habituales de rutina en los controles del embarazo, puede hacer la pezquisa y al observar alguna anormalidad, nos deriva el paciente para que nosotros, los especialistas lo evaluemos con un ecocardio fetal. Ese paciente estudiado antes de nacer será derivado para su nacimiento a un centro con la complejidad acorde para que se lo atienda de acuerdo a la patología que padece el bebé.

Se le debe prestar atención especialmente, a las Cardiopatías Congénitas de alto riesgo, que son las que van a requerir de la Alta Complejidad con un Servicio de Cirugía Cardio Vascular Pediátrica y una Neonatología acorde al cuidado que esto pacientes necesitan.

Posterior a su nacimiento su primera atención se le deberá proveer en un centro en el que halla un especialista en cardiología infantil para tratarlo adecuadamente y, sobre todo, hacerle el seguimiento y control.

Co el tiempo ese niño ya adolescente, en camino de su adultez, tiene que insertarse en la sociedad, ya que las cardiopatías no se curan, las cardiopatías SE CORRIGEN. Siempre quedarán con una lesión residual, que les debe hacer prestar atención a otros factores de riesgo como la hipertensión. Pero ese corazón controlado y tratado podrá hacer frente a esos factores de riesgo. Ese paciente, de esta manera podrá llevar una vida normal cumpliendo con los controles y con el seguimiento por un cardiólogo que será el cardiólogo pediatra o el cardiólogo de adultos cuando el paciente pase a esta etapa de la vida. El seguimiento integral va de la etapa pre natal hasta la adultez.

En síntesis, la importancia de la ley radica en que se le da un marco legal a lo que se viene haciendo. ¿Qué significa esto? Que familiares y médicos podrán pedir o exigir, en el caso que sea necesario, al Estado y a las Obras Sociales y Pre Pagas, que lo que la ley marca ahora está incluido como un derecho al acceso a la salud, poniendo a disposición de los pacientes los recursos necesario, los recursos humanos, los recursos médicos para lo cual quienes deben financiar estos tratamientos deberán amoldarse a lo que la ley fija como derecho a la salud.

Lucrecia Mata, médica cardióloga, especialista en Cardiología Infantil, matrícula 16682, Consultorios del Británico, Jujuy 1540. Sanatorio Británico