El presidente Mauricio Macri cambió un artículo del Código Nacional Electoral: eliminó las listas colectoras y ahora los partidos políticos no podrán ir divididos en la elección presidencial y unirse en otro nivel. Sólo rige para los comicios nacionales de agosto y octubre.

El decreto fue publicado este viernes en el Boletín Oficial. El decreto 259/2019 lleva la firma de Macri, Marcos Peña y Rogelio Frigerio. El cambio frena un posible pacto entre Cristina Kirchner y el PJ Federal.

De esta manera, el artículo 15 del nuevo Código Electoral Nacional quedó escrito de la siguiente forma: "En las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y en las elecciones generales, las distintas secciones de la boleta deberán corresponder a agrupaciones que tengan idéntica denominación". Es decir, los partidos políticos no podrán ir divididos en la elección presidencial y unirse en otro nivel. Además, solo podrán adherirse a las elecciones generales, aquellas agrupaciones que hayan competido juntas en las Paso.

“Las «listas colectoras» generan confusión en el electorado e inequidad entre los competidores; conspiran contra la emisión de un voto informado; y afectan seriamente la calidad del proceso electoral como un mecanismo eficaz de rendición de cuentas y de elección entre alternativas de gobierno", se argumentó.