Tras anunciar una extensión de las medidas sanitarias para evitar la propagación del coronavirus, el Gobierno nacional publicará en el boletín oficial de este lunes el decreto por el que se prorroga hasta fin de año la prohibición de cortar los servicios públicos por falta de pago.

La novedad de la extensión es que se incluyen dentro de las empresas prestadoras de servicios públicos las que ofrecen telefonía fija o móvil, internet y TV por cable.

“No podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias, en caso de mora o falta de pago de hasta 7 facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020”, señala el decreto.

La prohibición de corte de servicios públicos se había oficializado en marzo, al inicio de la pandemia y corría para quienes debían hasta 3 facturas desde el inicio de las medidas de aislamiento. Ahora el plazo se extendió a 7 meses adeudados y también incluye a “los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso”.

Además, en el caso de que los usuarios que adeuden facturas inicien un plan de pagos para regularizar la situación, se considerará las facturas que se encuentren dentro del plan como pagas.