El militar retirado de Rosario que grabó y difundió un video con insultos al presidente de la Nación, Alberto Fernández, fue procesado sin prisión preventiva este jueves por la Justicia Federal.

El juez Carlos Vera Barros, a través de la resolución, consideró que el ex teniente coronel Alberto Aquilino Ortega cometió el delito de incitación a la violencia. 

El magistrado además le trabó un embargo por 100 mil pesos al coronel retirado del Ejército por la difusión del video vía Whatsapp que contenía insultos al jefe de Estado y un llamado a sus camaradas a levantarse contra el gobierno.

Para el juez, en esta etapa del proceso, "quedó probado que Ortega cometió el delito de incitación a la violencia colectiva” por medio del video grabado el 1 de abril pasado y que se viralizó entre miembros de las Fuerzas Armadas.

La denuncia contra Ortega, quien pidió el retiro voluntario en 2002, fue realizada por Walter Faneco en su carácter de director general de Asuntos Jurídicos del Ejército, según consta en el expediente.

En el video, Ortega dice tras un discurso de Fernández: “La verdad, señor presidente, estoy indignado...y con lo que acabo de escuchar realmente usted es el socio, cómplice, delincuente, que siempre pensé que era de Cristina...usted es un delincuente...hijo de re mil puta”.

Tras dar su nombre, número de documento y grado militar, Ortega agregó: “Espero que esto sirva para que mis camaradas salgan de una vez y se dejen de boludear y tomemos, no el poder, incitemos y digámosle a la población que hay que liberarse de estos parásitos, lacras, roñas que nos están haciendo vivir cada vez más esclavizados”.

El abogado del militar expuso que su defendido "realizó el video de mención para sus personas más cercanas y sin ninguna intención de difundirlo de forma masiva, ni pública, como tampoco con el ánimo de fama ni de reconocimiento”, señala el fallo.

“La única voluntad fue manifestar una expresión de carácter político y no con el fin de llevar a cabo ningún plan de desestabilización, ni organizar ningún levantamiento o instigar a cometer un delito determinado”, argumentó el defensor.

Sin embargo, para el juez Vera Barros “el imputado no podría haber desconocido que el envío de sus dichos a través de un medio digital de esa naturaleza, importaría necesariamente la puesta del contenido en una red global del estilo, que conllevaría en consecuencia la imposibilidad de controlar el destino de esa información, el manejo o propagación de la misma”.

Además, se infiere del video “la peligrosidad de la conducta mediante la incitación a la violencia colectiva a través del llamado al personal del Ejército y a la población en general a alzarse contra gobierno”, indicó el juez.

Fuente: Télam