Con la firma del gobernador Maximiliano Pullaro, el gobierno provincial ordenó la paralización de dos obras de loteos en la zona del embalse y reserva de la represa del Ludueña (a la altura de Funes) por una serie de irregularidades, siendo la más grave la falta de un estudio de impacto ambiental que avale que no es riesgoso construir en esa zona por ser inundable.

Además,  y en una clara señal política a todo el arco empresario de que no tolerarán irregularidades de ese calibre, el decreto -que lleva la firma de todos los miembros del gabinete provincial- instruye a que se investigue cómo se comercializaban estos terrenos y ordena a los fiscales para que "evalúen la pertinencia de iniciar las acciones judiciales". 

Se trata de los emprendimientos Damfield (ubicado en el sector sur de Funes, lindero al norte con la ruta provincial N° 34-S y la Autopista Rosario-Córdoba y al este del Barrio Kentucky) y la Reserva (el otro que se encuentra sobre un camino rural, continuación a calle Galindo, lindante a dos canales históricos y en proximidades de la reserva San Jorge).

Según constan en los considerando de los decretos, una inspección de los ministerios de Ambiente y Cambio Climático y de Obras Públicas constató "que se habían iniciado obras sin contar con los estudios de impacto ambiental y certificado hídricos correspondientes. Previamente, en dos oportunidades se había intimado a paralizar las obras, pero no dieron cumplimiento a ello, lo que derivó en la orden de clausura".

Según viene publicando Rosario3, el gobierno provincial en la gestión de Omar Perotti ya había establecido no prestar conformidad para la construcción de desarrollos urbanos en el área de embalse y reserva de la represa hasta que un estudio encargado al Instituto Nacional del Agua (INA) establezca si es factible construir en esa zona, ya que la urbanización podría afectar toda la impermeabilización del suelo en la región. Ese informe final tiene fecha de presentación en la semana próxima.

Trámites

Para lograr la habilitación para iniciar un desarrollo urbano, lo primero que tiene que tener el emprendimiento es la habilitación municipal.  Luego empieza a recorrer distintas oficinas provinciales en busca de autorizaciones. 

El primero en la lista es el ok de Recursos Hídricos, que primero certifica que la zona a desarrollar no se inunda y luego establece obras para el tratamiento del agua (sistema de drenaje).

Una vez obtenido el informe de Hídrica, el emprendedor inmobiliario debe gestionar la factibilidad de servicios (por ejemplo, la EPE) y, finalmente, que le aprueben el estudio de impacto ambiental por parte del Ministerio de Medio Ambiente.

El tema es que no se puede empezar a construir nada sin el ok de Medio Ambiente. Y ninguno de los dos los tenía. Y además de lo que eso implica en términos ambientales, sin esos papeles los compradores de los lotes no podrán en un futuro escriturarlos.

En uno de los loteos sancionados, que es Damfield, el desarrollo tiene todas las autorizaciones correspondientes para el complejo deportivo social, pero no tiene los trámites completos para los loteos (uno al norte de complejo deportivo y otro más cerca del área critica de la reserva).

Por caso, en ese segundo loteo, que es el que está más cerca de la represa del Ludueña, no tiene el segundo certificado de Hídrica (sólo tiene el primero) y, por ende, no tiene la aprobación final de Medio Ambiente.

En concreto, para ese segundo loteo la empresa tenía aprobado el primer certificado (no es zona inundable), pero no tenían aprobado (pero sí presentado) el del sistema de drenaje urbano. Todos esos trámites los hizo durante la gestión de Perotti, antes de que el ex gobernador pisara todos los expedientes a la espera del informe del INA.

Esa decisión de Perotti nunca dejó de llamar la atención porque hasta ese momento su gestión dio rienda suelta a loteos en Funes. ¿Será que advirtieron algún defecto en la aprobación del primer trámite ante hídrica? Ocurre que en esa zona, además de las generales de la ley para la aprobación de loteos (ley provincial 11.717), para esa zona rige otra ley  (13246/2011) que en forma adicional regula los emprendimientos dentro del Ludueña estableciendo criterios no cumplidos

En paralelo a sus gestiones en Hídrica, Damfield presentó el informe de impacto ambiental, pero como  el estudio se presenta sin estudio hídrico aprobado (requisito previo par. presentarlo) quedó observado y no fue aprobado por el Ministerio.

En una carta enviada a sus inversores, el grupo inversor informó que estaban gestionando todos los trámites, pero -antes las demoras en la aprobación- tuvieron que activar obras, porque, aseguraban, las demoras lo complicaban técnicamente con los movimientos que ya estaban en marcha. El tema de las demoras de la burocracia no es menor y amerita una urgente eficientización. En eso, aseguran, estar trabajando en el gobierno provincial, sobre todo en la digitalización de expedientes.

En la carta a los inversores, los desarrolladores de Damfield esbozan una crítica al sector público por las demoras en las autorizaciones. Incluso, hicieron varios pedidos por escrito para que le aprueben el segundo paso de Hídrica (llegando a proponer una mesa de trabajo). Es más, días atrás hasta pidieron pronto despacho. 

Pero para el gobierno provincial, el tema es que sin autorización de Medio Ambiente no se pueden iniciar las obras, y en eso la ley es muy clara.  En el otro loteo clausurado, por el contrario, el desarrollador ni siquiera tenían trámite alguno iniciado en el Ministerio de Medio Ambiente.

Intervenciones

“Estas medidas sirven para prever situaciones futuras que puedan generar inconvenientes hídricos. Santa Fe ya ha tenido situaciones extremas por no haber tomado las precauciones y las decisiones necesarias para que se puedan evitar”, afirmó el ministro de Ambiente, Enrique Estévez. 

Al respecto, un informe de la Subsecretaría de Planificación Hídrica indica que hay “una serie de irregularidades que, de no ser atendidas, podrían ocasionar daños, tanto para la administración como para los administrados”.

Detalla, entre otras cuestiones, que hay “irregularidades que ponen de manifiesto la necesidad de realizar un estudio de la situación dominial del inmueble donde se pretende desarrollar el proyecto inmobiliario y de todas las propiedades afectadas para la construcción, conservación, mantenimiento, reconstrucción y limpieza de la presa de retención de las crecidas del arroyo Ludueña”.

Este tema de pedir investigación a los fiscales no es menor: Ocurre que sobre buena parte de terrenos rige un decreto de 2003 que establece que es una zona de servidumbre; esto es: tenían una afectación previa. Y de hecho, el dueño de esas tierras cobró por la desvalorización de las mismas, ya que allí no se pueden levantar urbanizaciones, pero sí emprender alguna actividad que no afecte el escurrimiento del agua, por ejemplo deportiva (complejo de canchas) o ganadera, que son menos rentable que un loteo. Lo que al gobierno provincial le llama la atención es que eso no saltó al momento de hacer el análisis de título, trámite que se exige a la hora de la compra-venta de inmuebles.   

“Hay consideraciones técnicas que hacen inviables los proyectos presentados, los que tienen potencialidad para producir graves perjuicios”, dicen los sendos decretos del gobernador.

El informe indica que los desarrolladores realizaron obras sin autorización, las que tienen la capacidad de generar una degradación irreversible del entorno, ya que modifican sustancialmente la topografía del terreno natural, y se insiste en la relevancia ambiental, hídrica e hidrológica del área, lo que demanda tomar todos los recaudos.

Finalmente, el estudio advierte para ambos emprendimientos que “la Cuenca de Aporte del Sistema del Arroyo Ludueña, no se trata solamente de una zona con amenaza de inundación, sino que se trata de un territorio afectado a un embalse, destinado al almacenamiento temporario y lento drenaje para atenuación de las crecidas, afectado explícitamente para que se inunde y donde los procesos hidroambientales son mucho más complejos”, por lo que sugiere “una serie de medidas a implementar ante la gravedad de la situación”.

Ante la contundencia del informe, Provincia -en un decreto que lleva la firma, además del gobernador, de la totalidad de ministros del Gabinete- ordenó la inmediata paralización de las obras y trabajos realizados sin autorización y en contravención con la normativa, y facultó a los ministerios de Ambiente y de Obras Públicas para que den cumplimiento a la medida.

Además, se instruyó a Fiscalía de Estado para que evalúe la pertinencia de iniciar las acciones judiciales que correspondan, incluidas las que “tiendan a la recomposición del daño ambiental que se encuentre eventualmente producido y, en caso de que se considere la posible comisión de delitos, de realizar las denuncias penales pertinentes, autorizándose a constituir a la Provincia de Santa Fe como querellante”.

Además, el decreto indica se comunique la decisión al Servicio de Catastro e Información Territorial -SCIT- dependiente del Ministerio de Economía, a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado; a la Municipalidad de la ciudad de Funes a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado; al Ente de Coordinación metropolitana de Rosario (ECOM) y a las Municipalidades de las ciudades de Rosario, Pérez, Granadero Baigorria, del Departamento Rosario, y de Capitán Bermúdez, Fray Luis Beltrán y Roldán, del Departamento San Lorenzo, y a las Comunas de Ibarlucea y Zavalla del Departamento Rosario, y de Luis Palacios, Pujato y Ricardone, del Departamento San Lorenzo, a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado.