El juez civil y comercial Ezequiel Zabale decidió extenderle por cuarta vez el plazo de negociación con acreedores a la defaulteada agrofinanciera Guardati Torti, que hace un año que no puede convencer a sus clientes de aceptar su propuesta de pago. Ahora tendrá hasta el 4 de julio para conseguirlo. 

Con esa decisión, el magistrado le vuelve a dar aire para evitar la quiebra a una empresa que casi no tiene empleados trabajando y casi nula su actividad, por lo que el beneficio es capitalizado por el directorio, que está imputado por estafa y administración fraudulenta.

La empresa logró el aire del juez (que incluso le otorgó más días que en la tercera ampliación ya que ahora tiene 52 contra los 45 de la tercera extensión) pese a que informó que tiene 130 acreedores adheridos de los 394 que tiene y necesita la mitad más uno. No obstante, en lo que hace al porcentaje de capital que debe reunir consiguió mayhores adhesiones ya que le faltan 50 millones para obtener el 66% (como exige la ley de concursos y quiebras) de una deuda de $400 millones.

A los acreedores no les cierra la oferta de pago ofrecido porque quedó pesificado, como establece la ley, y sin actualización de interés, por lo que sufren una fuerte licuación por más que les paguen ahora el 100% de la deuda que dejaron de pagar en febrero de 2020. Y como la empresa tiene activo por $600 millones, hay un puñado de acreedores que piensan que la quiebra es mejor solución, si bien no hay un pedido de quiebra presentado contra la empresa.

“Como ya he expresado en otras oportunidades, existe consenso doctrinario en que los plazos legales pueden ser modificados bajo ciertas premisas y circunstancias particulares de cada concurso, porque la apreciación debe ser realizada en particular, en cada caso, bajo el paradigma de los principios rectores de la ley de concurso y quiebras, que mandan al juez a interpretar la ley teniendo en cuenta sus palabras, sus finalidades, las leyes análogas, las disposiciones que surgen de los tratados sobre derechos humanos, los principios y los valores jurídicos, de modo coherente con todo el ordenamiento. El juez en tanto director del proceso se encuentra facultado para interpretar la ley y cumplir con los objetivos y finalidades de la misma, en este caso lacontinuidad de la empresa como alma mater de todo concurso, a más de la imposición legal”, dice el juez en los considerandos de su resolución.

Zabale también justificó la nueva ampliación en que la pandemia dificultó las negociaciones para conseguir las adhesiones. Y también valoró la decisión de la empresa de mejorar durante el proceso la oferta de pago. "En cuarta consideración, el periodo de exclusividad venció el día 16 de mayo de 2022 y sin perjuicio de los numerosos y variados escritos cargos presentados por los acreedores, la concursada y la Sindicatura, más las vistas y traslados que impidieron tratar este tema con anterioridad, en ningún momento se solicitó la quiebra de la concursada por ningún acreedor. Tal situación no es menor, pues vencido el periodo de exclusividad cualquier acreedor podría haber pedido la quiebra, y sin embargo ello no sucedió. Por el contrario, diversos acreedores se presentaron a manifestar la conformidad con la propuesta concursal y a apoyar a la concursada con su pedido de ampliación de plazo", resaltó el juez Zabale.

El juez recordó que la Sindicatura del concurso le recomendó volver a extenderle el plazo a Guardati Torti. "De no admitirse la prórroga del periodo de exclusividad nos encontraríamos con la particularidad que todos los esfuerzos de la concursada y los diversos acreedores por llegar a un acuerdo, expuestos en las circunstancias que reseñe previamente, quedarían truncados, afectándose sin más toda la negociación y todas las expectativas puestas por todos/as los/as interviniente", señaló.

"Por fuera de las cuestiones jurídicas pre mencionadas no vislumbro cual sería la ventaja de entrar en un proceso liquidativo en esta instancia y grado cuando diversos acreedores han concurrido a aceptar la propuesta concursal. No estoy -hoy- en condiciones de señalar si con la quiebra los acreedores percibirán más, igual o menos dinero o bienes que si aceptan la propuesta concursal. La concursada no se desprendió de ningún bien y los principales activos para hacer frente a la propuesta concursal no han salido de su patrimonio por lo que la extensión del plazo en el peor de los casos solo difiere en el corto plazo la ejecución de los mismos", explica Zabale.

Sobre el pedido de Guardati Torti de excluir del proceso a unos 100 acreedores a los que consideró hostiles (que le permitiría lograr todas las mayorías necesarias), el juez sostuvo que "que quedan por dilucidar las cuestiones e incidencias sobre acreedores hostiles y la sustracción de materia o abstracción sobre tal calificación respecto de una parte de los acreedores. Entiendo que tales cuestiones, si bien están presentes, no pueden ni deben ser decididas en este momento procesal y eventualmente, de subsistir, serán materia de análisis futuro y de corresponder".